Conceden a padres registrar a hijas con apellido materno primero

0 334

El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal concedió la protección de la justicia federal a unos padres de familia para registrar a sus hijas menores de edad, con el apellido materno en primer lugar, y el paterno en segundo término.

A través de un comunicado, el Consejo de la Judicatura Federal informó que una jueza ordenó a las autoridades responsables modificar las actas de nacimiento de las menores conforme a lo acordado por sus padres.

En su resolución la juzgadora federal declaró inconstitucional e inconvencional el Artículo 58 del Código Civil del Distrito Federal, porque de forma indebida establece una prelación del varón sobre la mujer.

Ante ello, el Registro Civil deberá especificar de forma expresa que las niñas se registran con el apellido de la madre primero y el apellido paterno después, para que en un futuro que tengan una relación de concubinato o matrimonio, se eviten filiaciones prohibidas por la ley, sin que ello signifique un tratamiento discriminatorio, sino una protección en sus relaciones filiales.

Debido a que las menores cuentan con 11 meses de edad y dado que todavía no tienen la madurez y entendimiento suficientes para poder participar en el acto consistente en el asentamiento de sus nombres y apellidos ante el Registro Civil, la juzgadora no ordena, por el momento, darles el derecho a participar en la formulación de su nombre en los términos solicitados por sus padres.

No obstante, se reserva y se deja expedito el derecho a escoger el orden de sus apellidos a las menores de edad, para el momento en que cuenten con la edad y madurez suficientes para comprender la trascendencia en su vida de la configuración de su nombre.

NTX

Deja una respuesta