Anunció Banxico cambios en reglas para operaciones derivadas
El Banco de México (Banxico) publicó hoy una serie de modificaciones a sus reglas para la realización de operaciones derivadas, con el propósito de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero y propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos.
En un comunicado, el organismo central señaló que con estos cambios se prevé fortalecer los mercados en los que se celebran y liquidan las operaciones derivadas, fomentar la transparencia y liquidez del mercado, fortalecer la administración de riesgos y así promover una supervisión eficiente.
Entre las modificaciones más relevantes resaltó el requerimiento a los bancos y a las casas de bolsa que sus operaciones de swaps de la TIIE se negocien en bolsas de derivados y plataformas electrónicas, establecidas en México o en el exterior, reconocidas por las autoridades financieras mexicanas.
También se requiere que los contratos señalados se compensen y liquiden en cámaras de compensación establecidas en México o mediante contrapartes centrales del exterior que el Banco de México reconozca.
La entrada en vigor de estos requerimientos será gradual, iniciando en abril de 2016 para las operaciones que lleven a cabo las instituciones de crédito y casas de bolsa entre sí o con inversionistas institucionales nacionales; en tanto que en noviembre de 2016 entrarán en vigor para aquellas que realicen las instituciones de crédito y casas de bolsa con entidades financieras del exterior.
Como antecedente de ello, el Banxico recordó que los derivados financieros permiten administrar mejor los riesgos que enfrentan los participantes del sistema financiero, a la vez que representan una alternativa de inversión.
Asimismo, los mercados de derivados complementan a los mercados de contado y contribuyen a mejorar su liquidez y profundidad.
Dijo que la existencia de riesgos comunes para un gran número de agentes ha propiciado la homologación y estandarización de las características de instrumentos derivados y dicha estandarización ha propiciado que su negociación migre hacia las bolsas de derivados y plataformas electrónicas de negociación.
Al concentrar posturas sobre instrumentos derivados en las bolsas o plataformas electrónicas se proporciona más información al proceso de formación de precios y se reflejan de mejor manera las condiciones del mercado.
Por otra parte, la estandarización y mayor disponibilidad de precios confiables de los instrumentos que se negocian en bolsas y plataformas electrónicas los convierten en candidatos a ser compensados y liquidados a través de contrapartes centrales, a fin de beneficiarse de una administración de riesgos más segura y eficiente.
Esto se debe a que una contraparte central que opera apropiadamente genera diversos beneficios como ganancias en eficiencia respecto de una gestión bilateral de las operaciones y sus riesgos, a causa de la compensación multilateral.
Adicionalmente, contribuye a contener la probabilidad de contagio que resultaría del incumplimiento de un participante, ya que cuenta con requerimientos de garantías para cubrir exposiciones crediticias.
Por eso, en línea con las tendencias observadas en los mercados de derivados, el Banco de México resolvió modificar las “Reglas para la realización de operaciones derivadas que determinan como operaciones derivadas estandarizadas a los contratos de intercambio de flujos respecto de la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio a 28 días (swaps TIIE).
Explicó que ello se decidió tomando en cuenta la liquidez, el volumen operado y el grado de estandarización de dichos contratos.
También incluye la obligación de negociar las operaciones derivadas estandarizadas en bolsas o plataformas electrónicas, es decir, la obligación de las instituciones de crédito y casas de bolsa de celebrar las operaciones referidas en bolsas de derivados establecidas en México o del exterior reconocidas por el Banxico o plataformas electrónicas establecidas en México y autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), o del exterior reconocidas por dicha Comisión.
Incluye asimismo la obligación de liquidar las operaciones derivadas estandarizadas en cámaras de compensación establecidas en México y autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP); o en instituciones del exterior que actúen como contrapartes centrales reconocidas por el Banco de México.
La reforma prevé una entrada en vigor gradual para los requerimientos de negociación y compensación centralizada, iniciando en abril de 2016 para las operaciones que lleven a cabo las instituciones de crédito y casas de bolsa entre sí o con inversionistas institucionales nacionales, y en noviembre de 2016 para aquéllas que realicen las instituciones de crédito y casas de bolsa con entidades financieras del exterior.
Las reformas forman parte de los esfuerzos que el Banco de México, la SHCP y la CNBV promueven para el fortalecimiento del mercado de derivados, y son congruentes con las acciones que han acordado promover las autoridades financieras del G20 y diversos organismos internacionales, agregó