Emiten reglas para el pago de recompensa por recaptura de “El Chapo”

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La Procuraduría General de la República (PGR) publicó en el DOF el acuerdo específico por el que se ofrece recompensa de hasta de 60 millones de pesos, a quien proporcione información veraz que lleve a la recaptura de Joaquín Guzmán Loera y/o Joaquín Archivaldo Guzmán Loera, apodado “El Chapo”.

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se especifica que el ofrecimiento y entrega de recompensa no será aplicable a los servidores públicos con funciones relacionadas con la seguridad pública, administración de justicia y ejecución de sanciones penales.

Joaquín Guzmán Loera cuenta con orden de aprehensión librada en su contra por autoridades judiciales del orden Federal, o bien, con orden de localización y presentación emitida por el Ministerio Público de la Federación.

Se menciona que por razones de seguridad, a fin de evitar filtraciones que pongan en riesgo las investigaciones, así como las acciones de coordinación entre las autoridades competentes, se omiten en este acuerdo los datos de identificación de los procedimientos penales en que se han librado las órdenes judiciales y ministeriales respectivas, así como de las autoridades correspondientes.

La información que aporten los particulares será recibida por los medios siguientes:

En el domicilio: Av. Paseo de la Reforma, No. 75, Primer Piso, Col. Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300.

La dirección de correo electrónico: denunciapgr@pgr.gob.mx.

Y en los números telefónicos (55) 53-46-15-44 y (55) 53-46-00-00, extensión 4748, en la Ciudad de México, Distrito Federal, y 01-800-831-31-96 desde cualquier parte del país.

La Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) designará un servidor público que recibirá la información y será el encargado de mantener la comunicación permanente con la persona o personas que la hayan aportado, a fin de aclararla o complementarla.

Asimismo, asignará un número confidencial que tendrá carácter de personal e intransferible. Debiendo en todo momento levantar acta de la comunicación y de su contenido.

La SEIDO deberá corroborar que la información proporcionada corresponda a la solicitada en la oferta de recompensa y ordenará la práctica de las diligencias que resulten conducentes a efecto de poder determinar que, se ha logrado la localización, detención o aprehensión de Joaquín Guzmán Loera y/o Joaquín Archivaldo Guzmán Loera, alias “El Chapo”.

La información que se aporte, el número de identificación confidencial y, en su caso, los datos personales de quien la haya proporcionado, así como las actas que se levanten y toda la documentación e información que se generen con motivo de este acuerdo, se clasificarán como información estrictamente reservada y confidencial.

Notimex

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